Publicidad y obesidad

“El mayor de los errores es sacrificar la salud por cualquier otra ventaja”

Arthur Schopenhauer 1788-1860

El pasado mes de mayo presenté una iniciativa de Ley para Reformar la fracción VIII del artículo 75 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

"Artículo 75.

Son infracciones de quienes prestan servicios educativos, fracción VIII, realizar o permitir se realice publicidad dentro del plantel escolar que fomente el consumo, así como realizar o permitir la comercialización de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo. La publicidad y comercialización de alimentos y bebidas quedará sujeta a las disposiciones de la Ley General de Salud".

De ser aprobada, esta modificación entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Lectora lector, para nadie es un secreto que la obesidad constituye un problema de salud pública que se incrementa con una velocidad alarmante.

La obesidad es un problema de salud multifactorial y como tal debe ser combatida. Los estudios internacionales sobre políticas públicas en educación para la salud afirman que la colaboración entre múltiples factores es necesaria para el eficaz desarrollo de intervenciones de educación para la salud.

Sin embargo, en algunos casos la cooperación entre autoridades educativas y sanitarias se realiza de manera incompleta por la falta de claridad entre facultades, atribuciones y ámbitos de competencia.

El caso que llama poderosamente la atención es el de la alimentación en las escuelas ante la epidemia de obesidad infantil que afecta cada vez más a nuestros niños, niñas y adolescentes. Las escuelas juegan un papel clave en el mejoramiento de la salud de las niñas y los niños y, por ende, en los futuros adultos.

Generalmente los niños y adolescentes asisten cinco días a la semana durante todo el año escolar a los planteles escolares, sean públicos o privados.

El sistema educativo mexicano tiene una amplia cobertura pues tiene colegios en comunidades de todas las entidades federativas, de toda clase social, económica y étnica.

Además de los conocimientos de orden académico, los estudiantes también aprenden pautas sociales y culturales que determinan el estilo de vida y la salud.

Dentro de las escuelas se ofrecen alimentos en las llamadas "cooperativas" que expenden un gran número de productos, muchos de ellos con un elevado contenido energético que no corresponde ni a la edad, ni a la talla, ni a la actividad física de los alumnos.

Del mismo modo existe poca disponibilidad de frutas y verduras, así como en muchas de ellas incluso hay ausencia de agua potable para su consumo.


Un dato alarmante nos señala que la ingesta durante el horario escolar puede llegar a la mitad del requerimiento mínimo diario de 800 a mil 300 calorías.

Hoy, los escolares en México, lectora lector, tienen más oportunidades de comer que para hacer ejercicio, por lo que su actividad física es limitada dentro y fuera de la escuela.


La publicidad dirigida a los niños es otro asunto que nos ocupa en la presente iniciativa por las razones siguientes: los productos alimentarios dirigidos a niños han aumentado de manera constante, de 52 productos que había en 1994 a casi 500 en 2004.

De 80 al 97 por ciento de los productos alimenticios dirigidos a los niños son de calidad nutricional baja. Además, en promedio, un niño recibe casi 40 mil impactos de anuncios por año, 72 de los cuales son para promover cereales y dulces.

Los niños y niñas con obesidad, diabetes e hipertensión entran en un círculo de enfermedad perpetua, por lo que indudablemente se verán excluidos de las oportunidades que tienen los niños sanos, ya que la salud, la educación y la alimentación tienen un reflejo en todos los aspectos de la vida.

Como está hoy la Ley, permite que se realice publicidad dentro del plantel escolar, que fomente el consumo y la comercialización de bienes o servicios notoriamente ajenos al proceso educativo en materia de alimentos.

La redacción de la ley vigente es, por decir lo menos, inadecuada para combatir el problema de la obesidad infantil. La actividad de las llamadas "cooperativas escolares" no está regulada por ninguna disposición a excepción de lo que señala la Ley de Educación, citada con antelación.

El 23 de abril de 1982 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de Cooperativas Escolares; sin embargo, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Educación Pública informó que este reglamento ha dejado de tener aplicación y que en la práctica dichas cooperativas se regulan por disposiciones administrativas.

Como es evidente, la Ley General de Sociedades Cooperativas no hace mención a las cooperativas escolares, por lo que en ausencia de un ordenamiento jurídico que rija su actividad, resulta indispensable que la Secretaría de Educación en coordinación con la Secretaría de Salud establezcan las directrices para el correcto funcionamiento de las llamadas "cooperativas escolares".


Considero que combatir la obesidad infantil es una obligación de todos nosotros.

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